Las criptomonedas llevan años generando dudas fiscales entre los inversores españoles, agravadas por una normativa que ha ido evolucionando rápidamente en los últimos ejercicios. En esta guía completa te explicamos, de forma clara y actualizada a 2026, cómo tributan las criptomonedas en España: desde la simple compraventa hasta el staking, pasando por las obligaciones informativas específicas.
Aviso legal: Este artículo tiene fines informativos y no sustituye el asesoramiento de un profesional fiscal para tu caso concreto. La normativa sobre criptoactivos evoluciona con frecuencia; verifica siempre la regulación vigente en el ejercicio correspondiente.
¿Cómo califica Hacienda las criptomonedas a efectos fiscales?
La Agencia Tributaria considera las criptomonedas como bienes inmateriales, no como divisas de curso legal. Esto es clave, porque determina que su compraventa se trate fiscalmente de forma similar a la de otros activos patrimoniales, como las acciones, generando ganancias o pérdidas patrimoniales que se integran en la base del ahorro del IRPF.
Fiscalidad de la compraventa de criptomonedas
Cuando vendes criptomonedas por un importe superior al que pagaste, generas una ganancia patrimonial; si es inferior, una pérdida. La fórmula es la misma que para acciones:
Ganancia/Pérdida = Valor de transmisión − Valor de adquisición
Al igual que con las acciones, se aplica el método FIFO: si has comprado la misma criptomoneda en distintos momentos, se considera que las primeras unidades adquiridas son las primeras que se venden.
Tramos del ahorro aplicables
| Base liquidable del ahorro | Tipo aplicable |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19% |
| De 6.000 € a 50.000 € | 21% |
| De 50.000 € a 200.000 € | 23% |
| De 200.000 € a 300.000 € | 27% |
| Más de 300.000 € | 30% |
¿Tributa el intercambio cripto-cripto?
Sí. Un aspecto que sorprende a muchos inversores es que intercambiar una criptomoneda por otra (por ejemplo, Bitcoin por Ethereum) constituye una transmisión a efectos fiscales, aunque no haya conversión a euros en ningún momento. Hacienda entiende que se ha producido una venta del primer activo y una compra del segundo, generando una ganancia o pérdida patrimonial que debe calcularse y declararse igual que si se hubiera vendido por euros.
Fiscalidad del staking
Las recompensas obtenidas por staking (bloquear criptomonedas para participar en la validación de una red blockchain) tributan como rendimientos del capital mobiliario, valoradas en euros en el momento de su obtención, con independencia de que posteriormente se vendan o no. Además, cuando finalmente se vendan esas criptomonedas obtenidas por staking, se generará una ganancia o pérdida patrimonial adicional calculada sobre la diferencia entre el valor en el momento de la venta y el valor que ya tributó como rendimiento en el momento de su obtención.
¿Hay que declarar cripto si no se ha vendido?
La simple tenencia de criptomonedas, sin venderlas ni obtener rendimientos de ellas (staking, préstamos, etc.), no genera tributación en el IRPF. Sin embargo, sí pueden existir obligaciones informativas específicas, como el Modelo 721, si mantienes criptomonedas en plataformas o wallets situadas en el extranjero por encima de determinados umbrales, algo que desarrollamos en detalle en nuestro siguiente artículo de esta serie.
Compensación de pérdidas en criptomonedas
Igual que con acciones y fondos, las pérdidas generadas en criptomonedas pueden compensarse con ganancias patrimoniales de otros activos dentro de la base del ahorro del mismo ejercicio, o guardarse para compensar con ganancias de los 4 ejercicios siguientes si no hay suficientes ganancias en el año en curso.
Exchanges y su obligación de informar a Hacienda
Cada vez más exchanges, especialmente los que operan de forma regulada en la Unión Europea, están sujetos a obligaciones de reporte de información a las autoridades fiscales de los países donde operan sus usuarios, en línea con la normativa europea de transparencia fiscal sobre criptoactivos (conocida como DAC8). Esto significa que, progresivamente, Hacienda dispondrá de más información cruzada sobre las operaciones de los contribuyentes, por lo que conviene declarar correctamente todas las operaciones desde el principio.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que declarar impuestos si solo compro y mantengo cripto sin vender?
No, la mera tenencia no genera tributación en el IRPF, aunque pueden existir obligaciones informativas si las mantienes en el extranjero por encima de ciertos umbrales.
¿Cambiar Bitcoin por Ethereum tributa aunque no pase por euros?
Sí, cualquier intercambio cripto-cripto se considera una transmisión a efectos fiscales y debe declararse como ganancia o pérdida patrimonial.
¿El staking tributa igual que vender criptomonedas?
No, las recompensas de staking tributan como rendimiento del capital mobiliario en el momento de obtenerlas, y generan además una ganancia o pérdida patrimonial adicional cuando finalmente se vendan.
¿Puedo compensar pérdidas de criptomonedas con ganancias de acciones?
Sí, ambas se integran en la misma base del ahorro y pueden compensarse entre sí siguiendo las reglas generales del IRPF.
Conclusión
La fiscalidad de las criptomonedas en España combina reglas ya conocidas de otros activos financieros —tramos del ahorro, método FIFO, compensación de pérdidas— con particularidades propias de este mercado, como la tributación de los intercambios cripto-cripto o el staking. Entender estos mecanismos es esencial para declarar correctamente y evitar sorpresas ante una Hacienda cada vez mejor informada gracias a la creciente cooperación de los exchanges.
Próximamente en esta serie: el Modelo 721 y las obligaciones de declarar criptomonedas mantenidas en el extranjero.