Si mantienes criptomonedas en exchanges o wallets situados fuera de España, es posible que tengas una obligación informativa específica frente a Hacienda: el Modelo 721. En este artículo explicamos qué es exactamente, quién está obligado a presentarlo y cómo hacerlo correctamente.
Aviso legal: Este artículo tiene fines informativos y no sustituye el asesoramiento de un profesional fiscal para tu caso concreto. Las obligaciones informativas sobre criptoactivos son relativamente recientes y su interpretación puede matizarse con el tiempo.
¿Qué es el Modelo 721?
El Modelo 721 es una declaración informativa (no supone pago de impuestos por sí misma) sobre la tenencia de monedas virtuales situadas en el extranjero, similar en concepto al ya conocido Modelo 720 para otros bienes en el extranjero, pero específico para criptoactivos. Su objetivo es que Hacienda tenga constancia de las criptomonedas que los residentes fiscales españoles mantienen fuera de plataformas españolas.
¿Quién está obligado a presentarlo?
Están obligados a presentar el Modelo 721 los contribuyentes que mantengan criptomonedas en exchanges o custodios situados fuera de España cuyo valor conjunto, a 31 de diciembre, supere los 50.000 €. Es importante matizar varios aspectos:
- El umbral se calcula sobre el valor total conjunto de todas las criptomonedas mantenidas en el extranjero, no por cada moneda o exchange por separado.
- Si mantienes tus criptomonedas en un exchange con sede en España o en una plataforma que opere bajo normativa española, generalmente no se activa esta obligación específica, aunque conviene verificar la situación regulatoria concreta de cada plataforma.
- Las criptomonedas mantenidas en wallets propias (autocustodia), como wallets frías o hardware wallets, presentan un tratamiento particular que ha generado debate interpretativo, ya que no existe un «custodio extranjero» en sentido estricto; conviene consultar la normativa vigente y, en caso de duda, a un profesional.
Plazo de presentación
El Modelo 721 se presenta habitualmente entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al que se refiere la información, es decir, antes del inicio de la campaña de la Renta del ejercicio correspondiente.
¿Qué pasa si no presento el Modelo 721 estando obligado?
El incumplimiento de esta obligación informativa puede conllevar sanciones económicas. Este tipo de obligaciones informativas sobre bienes en el extranjero ha sido objeto de importantes matizaciones normativas en los últimos años (incluyendo pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el régimen sancionador del Modelo 720, su «hermano mayor»), por lo que el marco sancionador concreto puede haber cambiado respecto a lo que estableció la normativa original; es recomendable verificar la situación actualizada antes de dar por hecho cualquier consecuencia concreta.
Diferencia entre el Modelo 721 y la declaración de ganancias patrimoniales
Es fundamental no confundir dos obligaciones distintas:
- El Modelo 721 es una declaración meramente informativa sobre la tenencia de criptomonedas en el extranjero a 31 de diciembre, y no implica ningún pago de impuestos por sí misma.
- La declaración de la Renta (IRPF) es donde efectivamente tributas por las ganancias patrimoniales obtenidas al vender, intercambiar o generar rendimientos (staking) con tus criptomonedas, independientemente de si están en España o en el extranjero.
Es decir, puedes estar obligado a presentar el Modelo 721 sin haber vendido ni un solo euro de tus criptomonedas ese año (por el simple hecho de superar el umbral de tenencia), y a la vez estar obligado a declarar ganancias patrimoniales en el IRPF si además realizaste operaciones durante el ejercicio.
Cómo preparar la información para el Modelo 721
Para presentar correctamente este modelo necesitarás, por cada exchange o plataforma extranjera utilizada:
- Identificación de la entidad (nombre, país, y en su caso NIF o identificador equivalente).
- Tipo y cantidad de cada criptomoneda mantenida.
- Valoración en euros a 31 de diciembre del ejercicio correspondiente.
- Fecha de adquisición de las posiciones, en la medida en que la plataforma lo facilite.
La mayoría de exchanges internacionales permiten descargar un informe o extracto de posiciones a fin de año que facilita reunir esta información.
Preguntas frecuentes
¿Debo presentar el Modelo 721 si tengo menos de 50.000 € en cripto en el extranjero?
No, la obligación solo se activa si el valor conjunto de tus criptomonedas en el extranjero supera ese umbral a 31 de diciembre.
¿El Modelo 721 sustituye a la declaración de ganancias en el IRPF?
No, son obligaciones distintas: el Modelo 721 es informativo sobre la tenencia, mientras que el IRPF grava las ganancias patrimoniales generadas por operaciones concretas.
¿Tengo que presentar el Modelo 721 si uso un exchange español?
Generalmente no, si la plataforma opera bajo normativa española, aunque conviene verificar la situación regulatoria concreta de cada exchange.
¿Qué pasa con las wallets propias (autocustodia)?
Presentan un tratamiento particular sujeto a interpretación normativa; en caso de mantener importes significativos en autocustodia, es recomendable consultar con un profesional fiscal.
Conclusión
El Modelo 721 es una obligación informativa relativamente reciente pero cada vez más relevante para los inversores españoles en criptomonedas con exposición a plataformas extranjeras. Conocer el umbral, el plazo y la diferencia con la tributación efectiva en el IRPF es clave para evitar tanto sanciones por incumplimiento como confusiones sobre qué se está declarando exactamente en cada modelo.
Próximamente en esta serie: cómo declarar paso a paso la compraventa de Bitcoin y Ethereum en la Renta.